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Para firmas de abogados · Abogados peruanos

Su contraparte en Estados Unidos para sus clientes peruanos

Su contraparte en Estados Unidos para sus clientes peruanos.

Perú no es miembro del Protocolo de Madrid, por lo que toda solicitud en Estados Unidos para un cliente peruano se presenta directamente ante la USPTO a través de un abogado autorizado en Estados Unidos. Presentamos para los clientes de firmas peruanas con reivindicación de prioridad de la solicitud ante el INDECOPI o con base en el registro peruano, y le informamos en español.

Datos de la jurisdicción · Perú

Actividad de marcas en Perú y ante la USPTO

El INDECOPI registró 46,763 clases solicitadas en 2024, un 11% más que en 2019. Los titulares peruanos presentaron 498 solicitudes en Estados Unidos entre 2021 y 2025, todas ellas directas.

Solicitudes de marca ante el INDECOPI

Clases incluidas en las solicitudes presentadas ante el INDECOPI, todas directas, según la residencia del solicitante.

Solicitantes residentesSolicitantes no residentes
010,00020,00030,00040,000201920202021202220232024
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AñoTotalResidentesNo residentes
201942,05829,20512,853
202037,25026,28010,970
202142,60529,55713,048
202240,87528,10812,767
202341,98229,91612,066
202446,76333,98612,777

Solicitudes presentadas en Estados Unidos por titulares peruanos

Solicitudes ante la USPTO por año de presentación de titulares con domicilio en Perú. La barra de 2026 abarca de enero a septiembre.

01002001272021902022922023952024942025522026*
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Año de presentaciónPresentadasRegistradas a la fechaVía Madrid
2021127730
202290370
202392450
202495550
202594440
2026 (ene.–sept.)5240

Cómo presentan los solicitantes peruanos en Estados Unidos

Fundamento invocado en las solicitudes en Estados Unidos desde Perú, 2021 a 2025. Una solicitud puede invocar más de un fundamento.

Intención de uso · § 1(b)254Uso en el comercio de EE. UU. · § 1(a)126Registro de origen · § 44(e)111Reivindicación de prioridad · § 44(d)27
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FundamentoSolicitudes
Intención de uso · § 1(b)254
Uso en el comercio de EE. UU. · § 1(a)126
Registro de origen · § 44(e)111
Reivindicación de prioridad · § 44(d)27

Sin vía de Madrid

Perú no es miembro del Protocolo de Madrid, por lo que la OMPI no registra solicitudes internacionales del INDECOPI ni designaciones de Perú. Toda solicitud en Estados Unidos para un cliente peruano es una solicitud directa ante la USPTO, y toda solicitud de un titular estadounidense en Perú pasa por abogados locales.

Los solicitantes peruanos se basaron en la solicitud de origen, mediante la prioridad de la Sección 44(d) o un registro de la Sección 44(e), en 138 casos entre 2021 y 2025.

46,763clases solicitadas ante el INDECOPI en 2024
27%de las clases solicitadas ante el INDECOPI en 2024 provino de solicitantes no residentes
27reivindicaciones de prioridad de la Sección 44(d) en solicitudes peruanas en Estados Unidos, 2021–2025
254solicitudes peruanas en Estados Unidos por intención de uso, 2021–2025

Cómo contamos. Las cifras de la oficina nacional son clases solicitadas (solicitudes multiplicadas por las clases que incluyen) del WIPO IP Statistics Data Center, actualización de mayo de 2026, e incluyen solicitudes directas y por Madrid. Las cifras de Madrid son conteos de la OMPI por fecha de recepción en la Oficina Internacional hasta 2025. Las cifras de la USPTO cuentan las solicitudes por fecha de presentación cuando el domicilio de un titular está en Perú, según registros de la USPTO consultados el 27 de octubre de 2026.

La norma

La norma del abogado en Estados Unidos para los clientes peruanos

Desde el 3 de agosto de 2019, los solicitantes y titulares domiciliados en Perú deben estar representados ante la USPTO por un abogado autorizado en un estado de Estados Unidos. Como Perú está fuera del sistema de Madrid, no hay una solicitud internacional en la que apoyarse: la solicitud en Estados Unidos es nacional desde el principio.

Dos vías del Convenio de París permiten a su cliente usar su solicitud ante el INDECOPI. Conforme a la Sección 44(d), una solicitud en Estados Unidos presentada dentro de los seis meses siguientes a la solicitud ante el INDECOPI reivindica su fecha de presentación. Conforme a la Sección 44(e), el registro en Estados Unidos puede otorgarse con base en el registro peruano, sin prueba de uso en Estados Unidos hasta el quinto o sexto año.

Qué significa esto para su firma

  • Usted conserva la relación con el cliente y la estrategia
  • Somos el abogado de registro y el domicilio para notificaciones ante la USPTO
  • Cada notificación de la USPTO le llega con nuestra recomendación
  • Le devolvemos el trabajo en Perú que se origina en Estados Unidos
Alcance

Lo que atendemos para sus clientes peruanos

Toda la vida de una marca en Estados Unidos, desde la primera solicitud hasta su defensa, según sus instrucciones.

01

Solicitudes directas en Estados Unidos

Solicitudes basadas en el uso, por intención de uso, en un registro de origen conforme a la Sección 44(e) y con prioridad conforme a la Sección 44(d).

02

Denegaciones de Madrid

Respuestas a denegaciones provisionales de la USPTO de designaciones de Estados Unidos.

03

Acciones de oficina

Argumentos y modificaciones sobre probabilidad de confusión, carácter descriptivo, muestras e identificación.

04

Asuntos ante el TTAB

Oposiciones, cancelaciones, apelaciones ex parte, cartas de protesta y peticiones de expurgación o reexamen.

05

Mantenimiento

Declaraciones de las Secciones 8 y 71, declaraciones juradas de la Sección 15, renovaciones de la Sección 9 y control de cada plazo en Estados Unidos.

06

Inscripciones

Cesiones, fusiones y cambios de nombre inscritos ante la Assignment Recordation Branch de la USPTO.

07

Defensa de la marca

Cartas de cese y desista, registro ante la Aduana de Estados Unidos, Amazon Brand Registry y coordinación con abogados litigantes.

Cómo trabajamos con usted

Pensado para la firma que instruye

  1. Verificación de conflictosDescartamos conflictos antes de cualquier trabajo de fondo, por lo general en un día hábil.
  2. Acuerdo de corresponsalíaUn breve acuerdo escrito fija las reglas de informes, facturación y contacto con el cliente.
  3. InstruccionesPor correo electrónico, en español o en inglés. Confirmamos la recepción y el plazo el mismo día.
  4. InformesInformamos a su firma, no a su cliente, salvo que nos pida copiar al cliente.
  5. HonorariosHonorarios fijos para las actuaciones habituales, facturados en dólares estadounidenses con instrucciones para transferencia; tasas oficiales al costo.
Problemas comunes

Dónde fallan las solicitudes en Estados Unidos desde Perú

Los problemas que vemos con más frecuencia en los asuntos estadounidenses que nos envían firmas peruanas, y cómo resolvemos cada uno.

1

Dejar pasar el plazo de prioridad de seis meses

La reivindicación de prioridad de la Sección 44(d) se pierde si la solicitud en Estados Unidos se presenta aunque sea un día tarde. Los clientes peruanos a menudo deciden ir a Estados Unidos solo después de que se cierra el plazo.

Cómo lo resolvemos

Pedimos que se nos avise de cada solicitud ante el INDECOPI que pueda ir a Estados Unidos, y agendamos la fecha de los seis meses.

2

Palabras en español y en quechua que describen los productos

Según la doctrina de los equivalentes extranjeros, una palabra que describe el producto en español o en quechua se trata igual que su traducción al inglés y se rechaza por descriptiva.

Cómo lo resolvemos

Traducimos la marca y evaluamos su carácter descriptivo antes de presentar.

3

Clases de alimentos y restaurantes

Las marcas de gastronomía peruana a menudo operan restaurantes y venden productos envasados. Una solicitud en las Clases 29 y 30 no cubre los servicios de restaurante de la Clase 43.

Cómo lo resolvemos

Presentamos en cada clase que el cliente realmente usa o piensa usar.

4

Pisco y nombres protegidos

Pisco está protegido en Estados Unidos por acuerdos comerciales con Perú y Chile, por lo que no puede servir como marca.

Cómo lo resolvemos

Hacemos la búsqueda de un nombre distintivo y tratamos pisco como término de producto.

5

Registros de la Sección 44(e) sin uso en Estados Unidos

Un registro basado en el registro peruano se otorga sin uso en Estados Unidos, pero se cancela si la declaración de la Sección 8 no puede demostrar el uso.

Cómo lo resolvemos

Agendamos la declaración y seguimos el lanzamiento del cliente en Estados Unidos.

Reciprocidad

El trabajo fluye en ambos sentidos

Como Perú está fuera de Madrid, los titulares de marcas estadounidenses también presentan directamente ante el INDECOPI, a través de abogados peruanos. Los solicitantes estadounidenses representaron 2,196 de las clases solicitadas por no residentes ante el INDECOPI en 2024, solo detrás de China. Derivamos ese trabajo a las firmas peruanas que nos envían asuntos en Estados Unidos.

No ejercemos el derecho peruano. Cuando un cliente estadounidense necesita protección en Perú, el asunto pasa a abogados peruanos, y nosotros informamos el resultado a nuestro cliente.

Qué enviar con una instrucción

  • Nombre del cliente, tipo de entidad y país de constitución
  • Domicilio completo (dirección física, no un apartado postal)
  • La marca tal como se presentó en su país, con cualquier reivindicación de color y traducción
  • Número y fecha de la solicitud o registro de origen (para prioridad o la Sección 44(e))
  • Productos y servicios, idealmente ya con la redacción del ID Manual de Estados Unidos
  • Fechas de uso en Estados Unidos y una muestra, si el cliente ya vende en Estados Unidos
  • Para denegaciones de Madrid: la notificación de la OMPI y la denegación de la USPTO
  • El plazo de respuesta o de presentación con el que está trabajando
Preguntas de abogados

Preguntas frecuentes

¿Puede un cliente peruano usar el Protocolo de Madrid para llegar a Estados Unidos?

No. Perú no es miembro de Madrid, por lo que la solicitud en Estados Unidos es una solicitud directa ante la USPTO, que puede reivindicar la prioridad de la solicitud ante el INDECOPI dentro de seis meses o basarse en el registro peruano.

¿Qué conviene más a nuestro cliente, la Sección 44(d) o la Sección 44(e)?

A menudo, ambas. Una reivindicación de la Sección 44(d) asegura la fecha anterior, y la Sección 44(e) permite que el registro en Estados Unidos se otorgue una vez otorgado el registro peruano, incluso antes de que empiecen las ventas en Estados Unidos.

¿Cómo se estructuran sus honorarios para trabajo de corresponsalía?

Las actuaciones habituales, como una nueva solicitud, la respuesta a una denegación de rutina o una declaración de la Sección 71, tienen honorarios profesionales fijos, que figuran en nuestra tabla de honorarios para corresponsales. El trabajo contencioso se factura por hora o según un presupuesto cotizado. Las tasas oficiales se trasladan al costo, y las facturas son en dólares estadounidenses.

¿Con qué rapidez actúan ante una instrucción?

Confirmamos la recepción y el plazo el mismo día hábil y descartamos conflictos antes del trabajo de fondo. Para plazos urgentes, indíquenos la fecha en su primer correo.

¿Informan en español?

Sí. Nuestros abogados trabajan en español y en inglés y le informan en el idioma que prefiera.

¿Se comunicarán directamente con nuestro cliente?

No, salvo que nos lo pida. Le informamos a usted y copiamos al cliente solo si usted lo indica.

Su contraparte en Estados Unidos para sus clientes peruanos.

Solicite nuestra tabla de honorarios para corresponsales

Nuestra tabla incluye honorarios fijos para las actuaciones en Estados Unidos que las firmas peruanas nos envían con más frecuencia, con nuestra lista de verificación para instrucciones y una breve guía de las denegaciones más comunes de la USPTO a solicitudes del exterior.

  • Solicitudes directas ante la USPTO
  • Solicitudes de las Secciones 44(d) y 44(e)
  • Oposiciones y cancelaciones ante el TTAB
  • Declaraciones de las Secciones 8 y 71